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COBERTURA DE TASA DE INTERÉS FRECH

Otorgada por el Gobierno Nacional para la compra de vivienda nueva de interés social en áreas urbanas

 

¡APROVECHE ESTA EXCELENTE OPORTUNIDAD!

 

  • Adquiera vivienda nueva de interés social en áreas urbanas.
  • Incremente su patrimonio familiar.
  • Pague un menor valor en la cuota del crédito de vivienda durante los primeros siete (7) años, gozando de la cobertura de tasa de interés ofrecida por el Gobierno Nacional.
  • Encuentre financiación en UVR desde 5 hasta 30 años y en pesos desde 5 hasta 20 años. La solicitud de acceso, ejecución, terminación y liquidación de la cobertura no generará costos ni recargos, a excepción de los eventos previstos en las normas aplicables.
  • Amplíe su capacidad de crédito, dependiendo de sus condiciones financieras.
  • Acceda a nuestras tasas de interés libranza o preferencial de acuerdo con su relación con el Banco y sobre esa tasa reciba el beneficio de cobertura. 

Beneficios de la cobertura en tasa de interés FRECH

  • Financiación de vivienda de interés social nueva para áreas urbanas por valor hasta de 135 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV). Con dos beneficios que usted podrá recibir: cobertura de tasa de interés FRECH otorgado por el Gobierno Nacional y subsidio familiar de vivienda, otorgado por las cajas de compensación familiar, para completar la cuota inicial.
  • Beneficios tributarios de ley a través de crédito de vivienda. La cobertura sobre la tasa de interés, se graduará de acuerdo con el valor del avalúo de la vivienda financiada así:

CARACTERÍSTICAS DE LA VIVIENDA COBERTURA

 

Viviendas nuevas cuyo valor sea hasta de 70 smmlv Cinco (5) puntos porcentuales sobre la tasa de interés Viviendas nuevas cuyo valor sea mayor a 70 smmlv y hasta 135 smmlv Cuatro (4) puntos porcentuales sobre la tasa de interés * Se otorgará la cobertura equivalente a los puntos porcentuales, liquidados sobre el saldo remanente del crédito de vivienda.

 

Requisitos para acceder a la cobertura

  • Tener ingresos totales no superiores a ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes (8 SMMLV). Tratándose de dos (2) o más deudores este requisito debe cumplirse en forma conjunta.
  • No ser propietario de vivienda en el territorio nacional. Tratándose de dos (2) o más deudores este requisito debe verificarse para cada uno de ellos.
  • No haber sido beneficiario a cualquier título de las coberturas otorgadas por el Gobierno Nacional.
  • Solo aplica para compra de vivienda de interés social nueva en áreas urbanas financiada a través de crédito de vivienda.
  • La cobertura es otorgada por una sola vez; se aplica a todos los titulares del crédito de vivienda a cualquier título y la asignación está sujeta a la disponibilidad del número de coberturas al momento del desembolso del crédito de vivienda; se otorga por orden de créditos desembolsados en todas las entidades financieras. 

 

Cómo acceder a la cobertura

 

• Para acceder a la cobertura de tasa de interés FRECH otorgada por el Gobierno Nacional, los potenciales beneficiarios deberán manifestar por escrito su intención de recibirla antes del desembolso del crédito de vivienda, señalando expresamente que conocen y aceptan los términos y condiciones para el acceso, vigencia y terminación anticipada de la misma.

 

Causales de pérdida de la Cobertura

  • Por pago anticipado del crédito de vivienda.
  • Por mora en el pago de tres cuotas consecutivas a cargo de los deudores. En este caso las coberturas se perderán a partir del día siguiente al vencimiento de la última cuota incumplida.
  • Por petición de los deudores del crédito de vivienda.
  • Por cesión del crédito de vivienda por parte del deudor.
  • Por reestructuración del crédito de vivienda que implique el incremento de los saldos de la obligación o ampliación del plazo del crédito.
  • Por aceleración del plazo conforme a los términos contractuales del crédito de vivienda.
  • Por presentarse inconsistencias en la información suministrada para verificar las condiciones de acceso a la cobertura.
  • Las demás que establezca FONVIVIENDA de acuerdo a la naturaleza y finalidad de la cobertura.

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